Los residentes en el Principado de Asturias que tengan derecho a percibir subvenciones o ayudas económicas por la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual que tenga la consideración de protegida, pueden deducir 112 euros.
Con carácter general, el derecho a obtener la ayuda se produce en el ejercicio en el que tenga lugar la adquisición o rehabilitación de la vivienda, por lo que la deducción únicamente podrá ser aplicada en ese ejercicio.
Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a aplicar la deducción respecto de los mismos bienes, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
Normativa
Artículo 3. Cuarta Ley 4/2009, de 29 de diciembre, del Principado de Asturias.
Informe de la Comunidad Autónoma de 11 de octubre de 2005