Rendimiento neto y rendimiento neto reducido

Casilla 047.   Rendimiento neto.

Haga  constar  en  esta  casilla,  en  concepto  de  rendimiento neto, la cantidad resultante de efectuar la operación indicada en el impreso de declaración. De obtenerse una cantidad negativa, consígnela precedida del signo menos (–).

Casilla 048.   Reducciones  de  rendimientos  gene- rados en más de 2 años u obtenidos de forma notoriamente irregular.

En su caso, se hará constar en esta casilla el importe de las reducciones que, conforme a lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley del IRPF, resulten aplicables sobre los rendimientos netos del capital mobiliario en los siguientes supuestos:

a)   Rendimientos cuyo período de generación sea superior a dos años.

Cuando los rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años se perciban  de  forma  fraccionada,  sólo  será  aplicable  la reducción en caso de que el cociente resultante de dividir el número de años correspondiente al período de generación, computados de fecha a fecha, entre el número de períodos impositivos de fraccionamiento, sea superior a dos.

b)  Rendimientos  obtenidos  de  forma  notoriamente irregular en el tiempo.

Se  consideran  rendimientos  del  capital  mobiliario obtenidos  de  forma  notoriamente  irregular  en  el tiempo,  exclusivamente,  los  siguientes,  cuando  se imputen en un único período impositivo:

   –    Los importes obtenidos por el traspaso o la cesión del contrato de arrendamiento.

   –    Las indemnizaciones percibidas del arrendatario o subarrendatario por daños o desperfectos, en los supuestos de arrendamiento.

   –    Los importes obtenidos por la constitución o cesión de derechos de uso o disfrute de carácter vitalicio.

!      Importante:  tratándose  de  rendimientos  del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, los importes de las reducciones que, en su caso, proceda consignar en la casilla 048 figurarán en los certificados de retenciones e ingresos a cuenta expedidos por las personas o entidades pagadoras de los rendimientos con derecho a las mismas.

Casilla 050.   Rendimiento neto reducido.

Haga  constar  en  esta  casilla,  en  concepto  de  rendimiento  neto  reducido,  la  cantidad  resultante  de efectuar la operación indicada en el impreso de declaración. De obtenerse una cantidad negativa, con sígnela precedida del signo menos (–).

FUENTE: www.aeat.es
Actualizado en Abril de 2011
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