Rendimiento neto y rendimiento neto reducido

Casilla 031.   Rendimiento neto.

Haga  constar  en  esta  casilla,  en  concepto  de  rendimiento neto, la cantidad resultante de efectuar la operación indicada en el impreso de declaración.

De obtenerse una cantidad negativa, consígnela precedida del signo menos (–).  

Casilla 032.   Reducción aplicable a los rendimientos  derivados  de  determinados  contratos  de seguro (disposición transitoria 4.ª de la Ley del Impuesto).

En el caso de rendimientos del capital mobiliario derivados de contratos de seguro de vida que consistan en un capital diferido, a la parte del rendimiento neto que, correspondiendo a primas satisfechas con ante rioridad al 31 de diciembre de 1994, se hubiera generado con anterioridad al día 20 de enero de 2006, le resultará aplicable la reducción prevista en la disposición transitoria cuarta de la Ley del Impuesto.

En consecuencia, de haberse obtenido en el ejercicio algún rendimiento del capital mobiliario de esta naturaleza, se hará constar en la casilla 032 el importe de la reducción que proceda por este concepto.

!      Importante: al tratarse de un rendimiento del capital mobiliario sujeto a retención, el importe de la reducción que, en su caso, proceda consignar en la casilla 032 figurará en el certificado de retenciones e ingresos a cuenta expedido por la entidad pagadora del capital diferido con derecho a la misma.

Casilla 035.   Rendimiento neto reducido.

Una vez calculada la diferencia entre los importes de las casillas 031 y 032, la cantidad obtenida se consignará en la casilla 035, haciéndola constar con signo menos (–) si fuese negativa.

!      Importante: una vez determinado el importe de la casilla 035, no olvide cumplimentar el apartado H de la página 10 de la declaración, donde interviene para determinar el saldo de los rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro (casilla 459 ó 460).

FUENTE: www.aeat.es
Actualizado en Abril de 2011
© 2012 Renta.org.es. Drupal theme by Kiwi Themes.