Premios obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias
Premios en metálico
Casilla 300. Consigne en esta casilla el importe total de los premios en metálico, no exentos del impuesto, que hayan sido obtenidos por el/los declarante/s en el ejercicio como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.
Premios en especie
Casilla 301. Valoración
En esta casilla se consignará la suma de las valoraciones que, de conformidad con las normas del IRPF, correspondan a los premios en especie no exentos del impuesto que hayan sido obtenidos por el/los declarante/s en el ejercicio como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.
Casilla 302. Ingresos a cuenta.
Se hará constar en esta casilla el importe de los ingresos a cuenta efectuados por las personas o entidades pagadoras de los premios en especie percibidos por el/los declarante/s.
Casilla 303. Ingresos a cuenta repercutidos. En su caso, se consignará en esta casilla el importe de los ingresos a cuenta que la persona o entidad pagadora de los premios en especie hubiera repercutido sobre el/los declarante/s.
Casilla 304. Importe computable.
Se consignará en esta casilla el resultado de efectuar la operación que se indica en el impreso de declaración, a partir de los importes que se hayan hecho constar en las casillas 301, 302 y 303, anteriores.
Casilla 305. Premios exentos en virtud de lo esta blecido en el segundo párrafo de la letra ñ del artículo 7 de la Ley del Impuesto. Importe obtenido en el ejercicio
En su caso, se consignará en esta casilla el importe obtenido en el ejercicio de los premios de loterías, apuestas y sorteos organizados por organismos públicos o entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que persigan objetivos idénticos a los de los organismos o entidades señalados en el primer párrafo de la letra ñ del artículo 7 de la Ley del Impuesto.