Rendimiento neto reducido total de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva
Casilla 195. Suma de rendimientos netos reducidos.
Haga constar en esta casilla la suma de los rendimientos netos reducidos consignados en las casillas 194 correspondientes a todas y cada una de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva.
De obtenerse una cantidad negativa, consígnela precedida del signo menos (–).
Casilla 196. Reducción por mantenimiento o creación de empleo.
En su caso, se consignará en esta casilla el importe de la reducción del rendimiento neto de las actividades económicas prevista en la disposición adicional vigésima séptima de la Ley del Impuesto, conforme a los requisitos, importe y límite máximo de la reducción expuestos, respecto de los rendimientos de actividades económicas en estimación directa, en las páginas 24 y 25 de la Guía sobre la Renta de 2010 publicada por la Agencia Tributaria. (www.aeat.es)
Casilla 197. Rendimiento neto reducido total.
Haga constar en esta casilla, en concepto de rendimiento neto reducido total de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva, el resultado de efectuar la operación indicada en el impreso de declaración.
De resultar una cantidad negativa, consígnela precedida del signo menos (–).