¿En qué consiste la deducción autonómica por discapacidad de ascendientes o descendientes?

 

Los residentes en Castilla-La Mancha pueden aplicar una deducción de 200 euros  por cada ascendiente o descendiente que sea discapacitado en grado igual o superior al 65 por 100 y que genere el derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes establecido en la normativa estatal del IRPF.

Para poder aplicar la deducción la suma de los rendimientos netos y ganancias y pérdidas patrimoniales no debe superar 36.000 euros.

Si dos o más contribuyentes tienen derecho a aplicar la deducción respecto a un mismo ascendiente o descendiente, el importe de la deducción se prorrateará entre ellos. Pero si alguno no cumple todos los requisitos exigidos, el otro sólo puede aplicar la parte de la deducción que le corresponda (por ejemplo, si un hijo discapacitado vive con ambos padres, la  madre supera el límite de 36.000 euros y el padre no, este último sólo puede deducir 100 euros).

Normativa

Artículo 3 y 5 Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Castilla-La Mancha

Com.Autónoma: 
Castilla la Mancha
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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