¿En qué consiste la deducción autonómica por cuidado de familiares?
Los residentes en Cantabria pueden deducir 100 euros por cada uno de los siguientes familiares, ya sea el parentesco por consanguinidad o por afinidad:
a) Descendiente menor de 3 años.
b) Ascendiente mayor de 70 años.
c) Ascendiente o descendiente con discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%.
La deducción se duplicará en el caso en que se dé simultáneamente la situación c) con alguna de las anteriores.
Para la aplicación de esta deducción deberán cumplirse los siguientes requisitos:
1º) Que el contribuyente esté obligado a declarar.
2º) Que el descendiente o ascendiente conviva más de 183 días del año natural con el contribuyente. Se exceptúa del cumplimiento de este requisito a los descendientes menores de tres años.
3º) Que el descendiente o ascendiente no tenga rentas brutas anuales superiores a 6.000 euros, incluidas las exentas.
Normativa
Artículo 1 Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, de la Comunidad Autónoma de Cantabria, modificado por Ley 6/2009