¿En qué consiste la deducción autonómica por cuidado de familiares?

 

Los residentes en Cantabria pueden deducir 100 euros por cada uno de los siguientes familiares, ya sea el parentesco por consanguinidad o por afinidad:

a) Descendiente menor de 3 años.

b) Ascendiente mayor de 70 años.

c) Ascendiente o descendiente con discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%.

La deducción se duplicará en el caso en que se dé simultáneamente la situación c) con alguna de las anteriores.

Para la aplicación de esta deducción deberán cumplirse los siguientes requisitos:

1º) Que el contribuyente esté obligado a declarar.

2º) Que el descendiente o ascendiente conviva más de 183 días del año natural con el contribuyente. Se exceptúa del cumplimiento de este requisito a los descendientes menores de tres años.

3º) Que el descendiente o ascendiente no tenga rentas brutas anuales superiores a 6.000 euros, incluidas las exentas.

Normativa

Artículo 1 Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, de la Comunidad Autónoma de Cantabria, modificado por Ley 6/2009

Com.Autónoma: 
Cantabria
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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