¿En qué consiste la deducción autonómica por la adquisición o adecuación de la vivienda habitual de contribuyentes discapacitados?
Los residentes en el Principado de Asturias que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100 pueden deducir el 3 por 100 de las cantidades satisfechas durante el ejercicio en la adquisición o adecuación de la vivienda, situada en el Principado de Asturias, que constituya o vaya a constituir su residencia habitual, excepto de la parte que corresponda a intereses.
La base máxima de la deducción es de 13.529 euros.
La adquisición de la nueva vivienda o, en su caso, las obras e instalaciones en que la adecuación consista, deberán resultar estrictamente necesarias para la accesibilidad y comunicación sensorial y facilitar el desenvolvimiento digno y adecuado de las personas con minusvalía, extremo que deberá acreditarse mediante resolución o certificado expedido por la Consejería competente en materia de valoración de minusvalías.
Normativa
Artículo 3. Segunda Ley 4/ 2009, de 29 de diciembre, del Principado de Asturias