Cesión parcial del IRPF a las Comunidades Autónomas

El IRPF es un impuesto cedido parcialmente a las Comunidades Autónomas, en los términos establecidos en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y en las normas que regulan la cesión de tributos del Estado a las mismas.

Como consecuencia de dicha cesión parcial, las Comunidades Autónomas pueden regular, entre otros conceptos, las escalas y los importes del mínimo personal y familiar correspondientes al gravamen autonómico, así como las deducciones que recaigan exclusivamente sobre este último, en los términos y con los límites previstos en las leyes.

En el caso de que las Comunidades Autónomas no hayan asumido o ejercido sus competencias normativas sobre este Impuesto, éste se exigirá de acuerdo con el mínimo personal y familiar y las deducciones establecidas por el Estado

FUENTE: www.aeat.es
Actualizado en Abril de 2011
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