Documentación que debe incluirse en el sobre de envío

Declaración (modelo D-100).

Se incluirá el "Ejemplar para la Administración" de las páginas y anexos de la declaración en los que haya consignado algún dato. (Como mínimo, deberán incluirse en el sobre las páginas 1, 2, 10, 11, 12, 13 y 14 de la declaración).

Documento de ingreso o devolución (modelo 100).

Se incluirá el "Ejemplar para incluir en el sobre de la declaración" (de color blanco) del modelo 100. En el caso de declaraciones positivas, en dicho documento deberá constar la certificación del ingreso realizado efectuada por la Entidad receptora.

Contribuyentes sometidos al régimen de transparencia fiscal internacional.

Deberán incluirse en el sobre los datos y documentos señalados en el artículo 91.10 de la Ley del IRPF, correspondientes a todas y cada una de las entidades no residentes cuyas rentas deban incluirse en la base imponible del impuesto.

Contribuyentes que hayan efectuado en el ejercicio inversiones anticipadas de futuras dotaciones a la Reserva para Inversiones en Canarias.

Se incluirá en el sobre la comunicación de las inversiones anticipadas realizadas en el ejercicio y su sistema de financiación, conforme establece el artículo 27.11 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Contribuyentes que soliciten la devolución mediante cheque nominativo del Banco de España.

Escrito de solicitud, que no precisa ajustarse a ningún modelo, dirigido al titular de la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria.

FUENTE: www.aeat.es
Actualizado en Abril de 2011
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