¿Qué domicilio fiscal y clave de Comunidad Autónoma debe hacer constar en su declaración por IRPF? ¿Qué deducciones autonómicas puede aplicar?

Para el contribuyente que cambia su residencia de una Comunidad Autónoma a otra, el contribuyente deberá hacer constar en su declaración, como domicilio fiscal, el de su nueva residencia habitual.

Deberá marcar la clave de la Comunidad Autónoma donde tuvo su residencia habitual en el año al que se refiere la declaración, que será aquella Comunidad en la que el contribuyente permaneció durante más días de dicho año, y podrá aplicar las deducciones autonómicas aprobadas por esta Comunidad.

En cualquier caso, el contribuyente podrá presentar su declaración, además de por medios telemáticos, en las entidades de depósito colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro, ..), así como en las oficinas de la AEAT y en las habilitadas para ello por las Comunidades y Ciudades Autónomas y Entidades Locales, situadas en cualquiera de las Comunidades Autónomas.

Normativa

Artículo 28 Ley 22 / 2009 , de 18 de diciembre de 2009 .
Artículo 72 .1 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .

Fuente: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Abril de 2011
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