¿Cómo se justifica la discapacidad a efectos del derecho a aplicar las deducciones establecidas por la Comunidad Valenciana para los contribuyentes discapacitados?

El grado de discapacidad deberá acreditarse mediante el correspondiente certificado expedido por los órganos competentes de la Generalitat o por los órganos correspondientes del Estado o de otras Comunidades Autónomas. No obstante:

- Las deducciones autonómicas de la Comunidad Valenciana en favor de personas discapacitadas físicas o sensoriales, con grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100, o discapacitadas psíquicas, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, serán de aplicación a los discapacitados cuya incapacidad se declare judicialmente, aunque no alcance dicho grado.

- Asimismo, las deducciones autonómicas de la Comunidad Valenciana en favor de personas con discapacidad física o sensorial con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, serán de aplicación a los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, y el el caso de los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Normativa

Disposición adicional Sexta Ley 13 / 1997 , de 23 de diciembre de 1997 de la Comunidad Valenciana (añadida por Ley 14/2007)

Com.Autónoma: 
Comunidad Valenciana
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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