¿En qué consiste la deducción de la Comunidad Valenciana por contribuyentes con dos o más descendientes?

Los contribuyentes residentes en la Comunidad Valenciana que tengan dos o más descendientes que les den derecho al mínimo por descendientes pueden aplicar una deducción del 10 por 100 del importe de la cuota íntegra autonómica una vez deducidas de la misma las minoraciones para determinar la cuota líquida autonómica, excluida la presente deducción, a que se refiere la normativa estatal reguladora del impuesto, siempre que la suma de las siguientes bases imponibles no sea superior a 24.000 euros:

a) Las de los contribuyentes que tengan derecho, por los mismos descendientes, a la aplicación del mínimo por descendientes.

b) Las de los descendientes que den derecho al citado mínimo.

c) Las de los miembros de la unidad familiar que tributen conjuntamente con el contribuyente y que no se encuentren incluidos en las dos letras anteriores.

Normativa

Artículo 4 .Uno.t) Ley 13 / 1997 , de 23 de diciembre de 1997 , de la Generalitat, modificada por Ley 12/2009

Artículo 7 .Dos Ley 13 / 1997 , de 23 de diciembre de 1997 , de la Generalitat Valenciana, redacción Ley 12/2009 

Com.Autónoma: 
Comunidad Valenciana
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
© 2012 Renta.org.es. Drupal theme by Kiwi Themes.