¿En qué consiste la deducción autonómica por conciliación del trabajo con la vida familiar?

Las mujeres que residan en la Comunitat Valenciana pueden aplicar una deducción de 418 euros por cada hijo mayor de tres años y menor de cinco, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

1º) Que los hijos que generen el derecho a la deducción den derecho al mínimo por descendientes establecido en la normativa estatal del impuesto.

2º) Que la madre realice una actividad por cuenta propia o ajena por la que esté dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad. Este requisito se entenderá cumplido en los meses en que dicha situación se produzca en cualquier día del mes.

En los casos de adopción, la deducción se podrá practicar con independencia de la edad del menor, durante el cuarto y quinto año siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil.

En caso de fallecimiento de la madre o cuando la guardia y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, éste tendrá derecho a practicar la deducción pendiente siempre que cumpla el resto de los requisitos.

La deducción se calculará de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos de forma simultánea, atendiendo a la situación existente el último día del mes (salvo para el requisito de alta en el régimen de la Seguridad Social o mutualidad, que se cumple cuando se de esta situación cualquier día del mes), y tendrá como límite, para cada hijo, las cotizaciones totales a la Seguridad Social o mutualidad de carácter alternativo devengadas en el período impositivo desde el día en que el hijo cumpla los tres años y hasta que cumpla los cinco. Dichas cotizaciones se computarán por su importe íntegro sin las bonificaciones que pudieran corresponder.

Cuando existan varios contribuyentes con derecho a la deducción respecto a un mismo hijo, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Normativa

Artículo 4.Uno.f) Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Comunitat Valenciana (modificada por Leyes 14/2007 y 16/2008) 

Com.Autónoma: 
Comunidad Valenciana
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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