Deducción por arrendamiento de vivienda para actividad: titular

Cuando, con motivo del ejercicio de una actividad por cuenta propia o ajena, uno de los cónyuges en régimen de gananciales alquila una vivienda en un municipio distinto a aquél en el que residía ¿la deducción por el alquiler de la vivienda para esa finalidad le corresponde únicamente a él?

Si el régimen económico del matrimonio es la sociedad legal de gananciales, los gastos de arrendamiento de la vivienda como consecuencia de la realización de una actividad por uno de los cónyuges son imputables a ambos, con independencia de quien los abone efectivamente o de cual de ellos figure como titular del contrato.

Normativa    

Artículo 4 .Uno.ñ) Ley 13 / 1997 , de 23 de diciembre de 1997 ,de la C. Valenciana, modificada por Leyes 14/2007 y 16/2008 .

Informe de la Comunidad Valenciana de 13 de diciembre de 2005

Com.Autónoma: 
Comunidad Valenciana
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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