¿En qué consiste la deducción autonómica por el arrendamiento de la vivienda habitual?

Los  residentes en la Comunitat Valenciana pueden aplicar la siguiente deducción por las cantidades satisfechas en el período impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual:

- Con carácter general, el 15 por 100 del importe satisfecho, con el límite de 459 euros.

- Si el arrenda­tario tiene una edad igual o inferior a 35 años o es discapacitado físico o sen­sorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100, o psíquico, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, el 20 por 100 del importe satisfecho, con el límite de 612 euros.

- Si el arrenda­tario tiene una edad igual o menor de 35 años y, ade­más, es discapacitado físico o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100, o psíquico, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, el 25 por 100, con el límite de 765 euros.

El límite de la deducción se prorrateará por el número de días en que per­manezca vigente el arrendamiento dentro del período impositivo y en que se cumplan las circunstancias personales requeridas para la aplicación de los distintos porcentajes de deducción.

Esta deducción es compatible con la deducción  por arrendamiento de una vivienda como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en distinto municipio.

Los requisitos para aplicar la deducción son los establecidos en la pregunta  con número de referencia 130670.

En declaración conjunta, el límite de la deducción se aplicará independientemente por cada miembro de la unidad familiar con derecho a ella.

Normativa

Artículo 4 . Cuatro Ley 13 / 1997 , de 23 de diciembre de 1997 , de la Generalitat Valenciana, añadido por Ley 16/2008

Artículo 7 .Dos Ley 13 / 1997 , de 23 de diciembre de 1997 , de la Generalitat Valenciana, redacción Ley 12/2009

Artículo 4.Uno.n) Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Comunitat Valenciana (modificada por Leyes 14/2007 y 16/2008)

Com.Autónoma: 
Comunidad Valenciana
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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