La deducción de la Comunidad de Madrid por inversión en vivienda habitual de nueva construcción ¿puede aplicarse por las cantidades satisfechas por la ampliación de la vivienda habitual?

Si bien la ampliación de la vivienda habitual se asimila a la adquisición o rehabilitación de la misma, la falta de entrega imposibilita su calificación como entrega de vivienda de nueva construcción, por lo que no puede aplicarse la deducción por las cantidades satisfechas por ese concepto.

No obstante, la deducción sería posible en el supuesto en que, durante la construcción, y a instancia del futuro adquirente, se produjese dicha ampliación puesto que en tal caso, la adquisición se produciría después de la ampliación.

Normativa

Artículo 12 Decreto Legislativo 1 / 2010 , de 21 de octubre de 2010 de la Comunidad de Madrid

Informe de la Comunidad de Madrid de 30 de septiembre de 2009

Com.Autónoma: 
Comunidad de Madrid
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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