¿En qué consiste la deducción para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años?

Los contribuyentes menores de 35 años que causen alta por primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, con posterioridad al 23 de febrero de 2010, pueden aplicar una deducción de 1.000 euros, siempre que la actividad se desarrolle principalmente en el territorio de la Comunidad de Madrid y que el contribuyente se mantenga en el citado Censo al menos un año natural desde el alta.

Normativa

Artículo 16 Decreto Legislativo 1 / 2010 , de 21 de octubre de 2010 , de la Comunidad de Madrid

Disposición final segunda del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la C. de Madrid en materia de tributos cedidos

Com.Autónoma: 
Comunidad de Madrid
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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