La deducción autonómica de Extremadura por adquisición de vivienda habitual para jóvenes y víctimas del terrorismo ¿ puede aplicarse por las cantidades satisfechas por la rehabilitación de la vivienda habitual?

No. Para poder aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual para jóvenes y víctimas del terrorismo se exige de que se trate de una vivienda nueva, entendiendo como tal aquella que sea transmitida por primera vez con posterioridad a la declaración de obra nueva, siempre que no hayan transcurrido tres años desde ésta. Por tanto, la deducción no puede aplicarse a las cantidades satisfechas por la rehabilitación de la vivienda habitual.

Normativa

Artículo 1 Decreto Legislativo 1 / 2006 , de 12 de diciembre de 2006 , de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Informe de la Comunidad Autónoma de Extremadura de 28-09-2006

Com.Autónoma: 
Extremadura
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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