Si el contribuyente que se ha quedado viudo (a) durante el ejercicio contrae nuevamente matrimonio en el período de tiempo en el que resulta aplicable la deducción ¿pierde el derecho a la misma?
No. La deducción autonómica se ha establecido para los contribuyentes que se queden viudos (as), sin condicionar la misma al mantenimiento de esa situación.
Normativa
Artículo 1 Ley 7 / 2004 , de 16 de julio de 2004 de la Comunidad Autónoma de Cataluña
Informe de la Comunidad Autónoma de 23 de diciembre de 2004
Com.Autónoma:
Catalunya
Deducciones:
2010
FUENTE:
www.aeat.es
Actualizado:
Junio de 2011
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