¿En qué consiste la deducción por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil?

Los contribuyentes residentes en Cataluña pueden deducir el 20 por 100 de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones como consecuencia de acuerdos de ampliación de capital suscritos por medio del segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil.

El importe máximo de la deducción es de 10.000 euros.

Para poder aplicar la deducción deben cumplirse los siguientes requisitos:

a) La participación conseguida por el contribuyente en la sociedad no puede ser superior al 10 por 100 de su capital social.

b) Las acciones adquiridas deben mantenerse en el patrimonio del contribuyente durante un período mínimo de dos años.

c) La sociedad objeto de la inversión debe tener el domicilio social y fiscal en Cataluña y no debe tener como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario.

Normativa

Artículo 21 Ley 26 / 2009 , de 23 de diciembre de 2009 , de la Comunidad Autónoma de Cataluña

Artículo 4 .8.dos.a) Ley 19 / 1991 , de 06 de junio de 1991 , del Impuesto sobre el Patrimonio

Com.Autónoma: 
Catalunya
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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