Si los padres no están casados y uno de ellos hace declaración conjunta con los hijos menores de edad ¿Cúal es el importe de la deducción que puede aplicar cada uno de los padres por el nacimiento o adopción de uno de los hijos en el ejercicio?

Por el nacimiento o adopción de hijos menores de edad que no tengan rentas superiores a 1.800 euros, cada uno de los padres aplicará la mitad de la deducción, con independencia de la modalidad de tributación: individual o conjunta.

Si se tratara de hijos menores de edad con rentas superiores a 1.800 euros y uno de los padres presenta declaración conjunta con ellos, éste aplicará la totalidad de la deducción ya que el otro progenitor no tiene derecho a ella al no serle aplicable el mínimo por descendientes por esos hijos, al presentar estos declaración.

Normativa

Artículo 4 Decreto Legislativo 1 / 2008 , de 25 de mayo de 2008 de la Comunidad Autónoma de Castilla y León

Informe de la Comunidad Autónoma de 28 de octubre de 2004

Com.Autónoma: 
Castilla y León
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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