A efectos de determinar el número de orden del hijo nacido o adoptado ¿ se toman en consideración todos los hijos que convivan con el contribuyente en la fecha de devengo del impuesto, den derecho o no al mínimo por descendientes?

El número de orden de los hijos nacidos o adoptados en el año se determina en función de los hijos que convivan con el contribuyente en la fecha de devengo del impuesto existentes con anterioridad, con independencia de si dan o no derecho a aplicar el mínimo familiar por descendientes.

Normativa

Artículo 4 Decreto Legislativo 1 / 2008 , de 25 de septiembre de 2008 de la Comunidad Autónoma de Castilla y León

Informe de la Comunidad Autónoma de 28 de octubre de 2004

Com.Autónoma: 
Castilla y León
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
© 2012 Renta.org.es. Drupal theme by Kiwi Themes.