¿En qué consiste la deducción autonómica para el fomento del autoempleo de las mujeres y los jóvenes?

Los residentes en Castilla y León menores de 36 años y las mujeres, cualquiera que sea su edad, que  causen alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores por primera vez y mantengan dicha situación de alta durante un año, podrán deducirse 510 euros, siempre que dicha actividad se desarrolle en el territorio de la Comunidad Autónoma.

La deducción será de 1.020 euros cuando los contribuyentes tengan su domicilio fiscal en núcleos rurales, es decir, en municipios que no excedan de 10.000 habitantes o de 3.000 habitantes si distan menos de 30 kilómetros de la capital de provincia.

La deducción se aplicará en el año en el que se produzca el alta en el citado Censo por primera vez.

Normativa

Artículo 8 Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León 

Com.Autónoma: 
Castilla y León
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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