Deducción por discapacidad descendientes: Hijo menor en tributación conjunta

Teniendo en cuenta que los hijos integrantes de la unidad familiar (menores de edad o mayores de edad incapacitados judicialmente y sometidos a patria potestad prorrogada o rehabilitada) son contribuyentes del impuesto en la tributación conjunta, si son discapacitados en grado igual o superior al 65 por 100 ¿Qué deducción se puede aplicar por ellos en ese tipo de tributación? ¿La de discapacidad del contribuyente o la de descendientes discapacitados?

En tributación conjunta, la deducción aplicable por los hijos integrantes de la unidad familiar que sean discapacitados en grado igual o superior al 65 por 100 es la de descendientes discapacitados.

Normativa

Artículo 5 Ley 9 / 2008 , de 04 de diciembre de 2008 , de Castilla-La Mancha

Com.Autónoma: 
Castilla la Mancha
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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