¿En qué consiste la deducción autonómica por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual o por obras de adecuación de la misma a personas con discapacidad?

 

Los residentes en Castilla-La Mancha tienen derecho a aplicar una deducción del 1 por 100 de las cantidades satisfechas en el año por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual, así como de las satisfechas por las obras e instalaciones realizadas en la vivienda habitual para adecuarla a las personas con discapacidad, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que las inversiones se financien mediante préstamos hipotecarios con entidades financieras. En el caso de obras e instalaciones de adecuación a personas con discapacidad sólo será necesario que la inversión se financie mediante préstamos concertados con entidades financieras.

b) Que se consigne en la declaración el número de identificación del contrato del préstamo.

c) Que la suma de los rendimientos netos, obtenida por diferencia entre los ingresos computables y los gastos deducibles, y las ganancias y pérdidas patrimoniales, determinadas por diferencia entre los valores de transmisión y adquisición, correspondientes al año, no supere 50.000 euros.

Normativa

Artículo 6 Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Castilla-La Mancha

Com.Autónoma: 
Castilla la Mancha
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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