¿En qué consiste la deducción autonómica por donativos a Fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera?

 

Los residentes en Cantabria pueden aplicar una deducción del 15 por 100 de las cantidades donadas a fundaciones domiciliadas en Cantabria que persigan fines culturales, asistenciales, sanitarios o deportivos o cualesquiera otros de naturaleza análoga a éstos. De igual manera, podrá aplicarse una deducción del 12 por 100 de las cantidades donadas al Fondo Cantabria Coopera.

Las fundaciones deberán estar inscritas en el Registro de Fundaciones, rendir cuentas al órgano de protectorado correspondiente y que éste haya ordenado su depósito en el Registro de Fundaciones.

La suma de la base de la deducción y de la base de las deducciones estatales por donativos y por inversiones o gastos de interés cultural no puede exceder del 10% de la base liquidable del contribuyente.

Normativa

Artículo 1 Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, de la Comunidad Autónoma de Cantabria 

Com.Autónoma: 
Cantabria
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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