¿En qué consiste la deducción autonómica por alquiler de la vivienda habitual?

Los residentes en Canarias pueden deducir el 15 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, con el límite de 500 euros anuales, con los siguientes requisitos:

1º) Que la base imponible general no sea superior a 20.000 euros si la tributación es individual o a 30.000 euros si es conjunta.

2º) Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10 por 100 de la base imponible general.

Normativa

Artículos 2, 15 y 17 Decreto legislativo 1/2009, de 21 de abril, de la Comunidad Autónoma de Canarias

Com.Autónoma: 
Canarias
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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