¿En qué consiste la deducción por partos múltiples?

Los contribuyentes residentes en el Principado de Asturias tienen derecho a aplicar una deducción de 500 euros por cada hijo nacido o adoptado en el período impositivo como consecuencia de partos múltiples o de dos o más adopciones constituidas en la misma fecha.

La adopción se entenderá realizada en el período impositivo en que se lleve a cabo la inscripción en el Registro Civil español. Cuando la inscripción no sea necesaria se atenderá al período impositivo en que se produzca la resolución judicial o administrativa correspondiente.

La deducción sólo será aplicable si los menores conviven con el progenitor o adoptante.

Tratándose de matrimonios o uniones de hecho la deducción se prorrateará por partes iguales entre los cónyuges o miembros de la pareja.

Las anteriores circunstancias se entienden referidas a la fecha de devengo del impuesto.

Normativa

Artículo 3 . décima Ley 4 / 2009 , de 29 de diciembre de 2009 ,del Principado de Asturias

Com.Autónoma: 
Principado de Asturias
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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