¿Quiénes pueden aplicar la deducción para el fomento del autoempleo de las mujeres y los jóvenes emprendedores?

La deducción puede ser aplicada por los jóvenes emprendedores menores de 30 años en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) y las mujeres emprendedoras, cualquiera que sea su edad, sin que pueda aplicarse por ambos conceptos.

El importe de la deducción es de 170 euros.

Se consideran mujeres y jóvenes emprendedores aquellos que causen alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores por primera vez durante el período impositivo y mantengan esa situación durante un año natural, siempre que la actividad se desarrolle en el Principado de Asturias.

La deducción se aplicará en el período impositivo en el que se cause alta en el censo por primera vez.

En tributación conjunta la deducción se aplicará por cada persona que cumpla los requisitos exigidos.

Para una misma persona esta deducción es incompatible con la de fomento del autoempleo.

Normativa

Artículo 3. Sexta Ley 4/2009, de 29 de diciembre, del Principado de Asturias.

Com.Autónoma: 
Principado de Asturias
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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