¿En qué consiste la deducción autonómica por el cuidado de personas dependientes?

Los residentes en Aragón pueden aplicar una deducción de 150 euros por el cuidado de personas dependientes que convivan con el contribuyente  al menos durante la mitad del período impositivo, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

-Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, menos el mínimo del contribuyente y el mínimo por descendientes, de todas las personas que formen parte de la unidad familiar no exceda 35.000 euros.

-Que la persona dependiente no obtenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.

Se considera persona dependiente al ascendiente mayor de 75 años y al ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100, cualquiera que sea su edad.

Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la deducción su importe se prorrateará por partes iguales. Si la deducción corresponde a contribuyentes con distinto grado de parentesco, su aplicación corresponderá a los de grado más cercano, salvo que éstos no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, en cuyo caso corresponderá a los del siguiente  grado.

Normativa

Artículo 110-4. Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, de la Comunidad Autónoma de Aragón

Com.Autónoma: 
Aragón
Deducciones: 
2010
FUENTE: 
www.aeat.es
Actualizado: 
Junio de 2011
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